EL Rincón de Yanka: DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS SOBRE LA TOLERANCIA Y PLAN DE SEGUIMIENTO DE LA O.N.U.

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miércoles, 8 de marzo de 2017

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS SOBRE LA TOLERANCIA Y PLAN DE SEGUIMIENTO DE LA O.N.U.





y Plan de Acción de Seguimiento 
del Año de las Naciones Unidas 
para la Tolerancia 

Los Estados Miembros de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura congregados en París con motivo de la 28ª reunión de la Conferencia General, del 25 de octubre al 16 de noviembre de 1995, 

Preámbulo 
Teniendo presente que la Carta de las Naciones Unidas declara "Nosotros los pueblos de las Naciones Unidas resueltos a preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra, ... a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, ... y con tales finalidades a practicar la tolerancia y a convivir en paz como buenos vecinos", 
Recordando que en el Preámbulo de la Constitución de la UNESCO, aprobada el 16 de noviembre de 1945, se afirma que la "paz debe basarse en la solidaridad intelectual y moral de la humanidad", 
Recordando asimismo que en la Declaración Universal de Derechos Humanos se afirma que "toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión" (Artículo 18), "de opinión y de expresión" (Artículo 19) y que la educación "favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos" (Artículo 26), 
Tomando nota de los siguientes instrumentos internacionales pertinentes: 

- el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 
- el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 
- la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, 
- la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, 
- la Convención sobre los Derechos del Niño, 
- la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, su Protocolo de 1967 y sus 
instrumentos regionales, 
- la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, 
- la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, 
- la Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y de discriminación fundadas en la religión o en las creencias, 
- la Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, 
- la Declaración sobre las medidas para eliminar el terrorismo internacional, 
- la Declaración y Programa de Acción de Viena de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, 
- la Declaración de Copenhague sobre el Desarrollo Social y el Programa de Acción de la Cumbre Mundial para el Desarrollo Social, 
- la Declaración sobre la Raza y los Prejuicios Raciales (de la UNESCO), 
- la Convención y la Recomendación relativas a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza (de la UNESCO), 

Teniendo presentes los objetivos del Tercer Decenio de la Lucha contra el Racismo y la Discriminación Racial, el Decenio de las Naciones Unidas para la Educación en la Esfera de los Derechos Humanos y el Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo, 

Teniendo en cuenta las recomendaciones de las conferencias regionales organizadas en el marco del Año de las Naciones Unidas para la Tolerancia de conformidad con la Resolución 27 C/5.14 de la Conferencia General de la UNESCO, así como las conclusiones y recomendaciones de otras conferencias y reuniones organizadas por los Estados Miembros en el marco del programa del Año de las Naciones Unidas para la Tolerancia, 

Alarmada por la intensificación actual de los actos de intolerancia, violencia, terrorismo, xenofobia, nacionalismo agresivo, racismo, antisemitismo, exclusión, marginación y discriminación perpetrados contra minorías nacionales, étnicas, religiosas y lingüísticas, refugiados, trabajadores migrantes, inmigrantes y grupos vulnerables de la sociedad, así como por los actos de violencia e intimidación contra personas que ejercen su derecho de libre opinión y expresión - todos los cuales constituyen amenazas para la consolidación de la paz y de la democracia en el plano nacional e internacional y obstáculos para el desarrollo, 
Poniendo de relieve que corresponde a los Estados Miembros desarrollar y fomentar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, sin distinciones por raza, género, lengua, origen nacional, religión o discapacidad, así como en el combate contra la intolerancia, 
Adoptan y proclaman solemnemente la siguiente Declaración de Principios sobre la Tolerancia 

Resueltos a adoptar todas las medidas positivas necesarias para fomentar la tolerancia en nuestras sociedades, por ser ésta no sólo un preciado principio, sino además una necesidad para la paz y el progreso económico y social de todos los pueblos, 

Declaramos lo que sigue: 

Artículo 1 Significado de la tolerancia 
1.1 La tolerancia consiste en el respeto, la aceptación y el aprecio de la rica diversidad de las culturas de nuestro mundo, de nuestras formas de expresión y medios de ser humanos. La fomentan el conocimiento, la actitud de apertura, la comunicación y la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. La tolerancia consiste en la armonía en la diferencia. No sólo es un deber moral, sino además una exigencia política y jurídica. La tolerancia, la virtud que hace posible la paz, contribuye a sustituir la cultura de guerra por la cultura de paz. 
1.2 Tolerancia no es lo mismo que concesión, condescendencia o indulgencia. Ante todo, la tolerancia es una actitud activa de reconocimiento de los derechos humanos universales y las libertades fundamentales de los demás. En ningún caso puede utilizarse para justificar el quebrantamiento de estos valores fundamentales. La tolerancia han de practicarla los individuos, los grupos y los Estados. 
1.3 La tolerancia es la responsabilidad que sustenta los derechos humanos, el pluralismo (comprendido el pluralismo cultural), la democracia y el Estado de derecho. Supone el rechazo del dogmatismo y del absolutismo y afirma las normas establecidas por los instrumentos internacionales relativos a los derechos humanos. 
1.4 Conforme al respeto de los derechos humanos, practicar la tolerancia no significa tolerar la injusticia social ni renunciar a las convicciones personales o atemperarlas. Significa que toda persona es libre de adherirse a sus propias convicciones y acepta que los demás se adhieran a las suyas. Significa aceptar el hecho de que los seres humanos, naturalmente caracterizados por la diversidad de su aspecto, su situación, su forma de expresarse, su comportamiento y sus valores, tienen derecho a vivir en paz y a ser como son. También significa que uno no ha de imponer sus opiniones a los demás. 

Artículo 2 La función del Estado 
2.1 En el ámbito estatal, la tolerancia exige justicia e imparcialidad en la legislación, en la aplicación de la ley y en el ejercicio de los poderes judicial y administrativo. Exige también que toda persona pueda disfrutar de oportunidades económicas y sociales sin ninguna discriminación. La exclusión y la marginación pueden conducir a la frustración, la hostilidad y el fanatismo. 
2.2 A fin de instaurar una sociedad más tolerante, los Estados han de ratificar las convenciones internacionales existentes en materia de derechos humanos y, cuando sea necesario, elaborar una nueva legislación, que garantice la igualdad de trato y oportunidades a todos los grupos e individuos de la sociedad. 
2.3 Para que reine la armonía internacional, es esencial que los individuos, las comunidades y las naciones acepten y respeten el carácter multicultural de la familia humana. Sin tolerancia no puede haber paz, y sin paz no puede haber desarrollo ni democracia. 
2.4 La intolerancia puede revestir la forma de la marginación de grupos vulnerables y de su exclusión de la participación social y política, así como de la violencia y la discriminación contra ellos. Como confirma el Artículo 1.2 de la Declaración sobre la Raza y los Prejuicios Raciales, "todos los individuos y los grupos tienen derecho a ser diferentes". 

Artículo 3 Dimensiones sociales 
3.1 En el mundo moderno, la tolerancia es más esencial que nunca. Nuestra época se caracteriza por la mundialización de la economía y una aceleración de la movilidad, la comunicación, la integración y la interdependencia; la gran amplitud de las migraciones y del desplazamiento de poblaciones; la urbanización y la transformación de los modelos sociales. El mundo se caracteriza por su diversidad, la intensificación de la intolerancia y de los conflictos, lo que representa una amenaza potencial para todas las regiones. Esta amenaza es universal y no se circunscribe a un país en particular. 
3.2 La tolerancia es necesaria entre los individuos, así como dentro de la familia y de la comunidad. El fomento de la tolerancia y la inculcación de actitudes de apertura, escucha recíproca y solidaridad han de tener lugar en las escuelas y las universidades, mediante la educación extraescolar y en el hogar y en el lugar de trabajo. Los medios de comunicación pueden desempeñar una función constructiva, facilitando un diálogo y un debate libres y abiertos, difundiendo los valores de la tolerancia y poniendo de relieve el peligro que representa la indiferencia al ascenso de grupos e ideologías intolerantes. 
3.3 Como se afirma en la Declaración de la UNESCO sobre la Raza y los Prejuicios Raciales, es preciso adoptar medidas, donde hagan falta, para garantizar la igualdad en dignidad y derechos de los individuos y grupos humanos. A este respecto se debe prestar especial atención a los grupos vulnerables socialmente desfavorecidos para protegerlos con las leyes y medidas sociales en vigor, especialmente en materia de vivienda, de empleo y de salud; respetar la autenticidad de su cultura y sus valores y facilitar su promoción e integración social y profesional, en particular mediante la educación. 
3.4 A fin de coordinar la respuesta de la comunidad internacional a este reto universal, se deben realizar y crear, respectivamente, estudios y redes científicos apropiados, que comprendan el análisis, mediante las ciencias sociales, de las causas fundamentales y de las medidas preventivas eficaces, así como la investigación y la observación destinadas a prestar apoyo a los Estados Miembros en materia de formulación de políticas y acción normativa. 

Artículo 4 Educación 
4.1 La educación es el medio más eficaz de prevenir la intolerancia. La primera etapa de la educación para la tolerancia consiste en enseñar a las personas los derechos y libertades que comparten, para que puedan ser respetados y en fomentar además la voluntad de proteger los de los demás. 
4.2 La educación para la tolerancia ha de considerarse un imperativo urgente; por eso es necesario fomentar métodos sistemáticos y racionales de enseñanza de la tolerancia que aborden los motivos culturales, sociales, económicos, políticos y religiosos de la intolerancia, es decir, las raíces principales de la violencia y la exclusión. Las políticas y los programas educativos deben contribuir al desarrollo del entendimiento, la solidaridad y la tolerancia entre los individuos, y entre los grupos étnicos, sociales, culturales, religiosos y lingüísticos, así como entre las naciones. 
4.3 La educación para la tolerancia ha de tener por objetivo contrarrestar las influencias que conducen al temor y la exclusión de los demás, y ha de ayudar a los jóvenes a desarrollar sus capacidades de juicio independiente, pensamiento crítico y razonamiento ético. 
4.4 Nos comprometemos a apoyar y ejecutar programas de investigación sobre ciencias sociales y de educación para la tolerancia, los derechos humanos y la no violencia. Para ello hará falta conceder una atención especial al mejoramiento de la formación del personal docente, los planes de estudio, el contenido de los manuales y de los cursos y de otros materiales pedagógicos, como las nuevas tecnologías de la educación, a fin de formar ciudadanos atentos a los demás y responsables, abiertos a otras culturas, capaces de apreciar el valor de la libertad, respetuosos de la dignidad y las diferencias de los seres humanos y capaces de evitar los conflictos o de resolverlos por medios no violentos. 

Artículo 5 Compromiso para la acción 
Nos comprometemos a fomentar la tolerancia y la no violencia mediante programas e instituciones en los ámbitos de la educación, la ciencia, la cultura y la comunicación. 

Artículo 6 Día Internacional para la Tolerancia 
A fin de hacer un llamamiento a la opinión pública, poner de relieve los peligros de la intolerancia y reafirmar nuestro apoyo y acción en pro del fomento de la tolerancia y de la educación en favor de ésta, proclamamos solemnemente Día Internacional para la Tolerancia el día 16 de noviembre de cada año.






Aplicación de la Declaración 
de Principios sobre la Tolerancia 



La Conferencia General, 
Considerando que la UNESCO, en virtud de las responsabilidades que le confiere su Constitución en los ámbitos de la educación, las ciencias naturales y sociales, la cultura y la comunicación tiene el deber de señalar a la atención de los Estados y pueblos los pro­blemas relacionados con todos los aspectos de la cuestión esencial de la tolerancia y la intolerancia, 

Teniendo presente la Declaración de Principios de la UNESCO sobre la Tolerancia, proclamada el 16 del mes de noviembre de 1995, 

1. Insta a los Estados Miembros: 
a) a que el 16 de noviembre de cada año celebren el Día Internacional para la Tolerancia con la organización de acontecimientos y programas especiales para difundir el mensaje de la tolerancia entre sus ciudadanos, en cooperación con los establecimientos de enseñanza, las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, y los medios de comunicación de todas las regiones; 
b) a comunicar al Director General toda información que deseen compartir, incluyendo en ellas los conocimientos procedentes de la investigación o del debate público de las cuestiones de la tolerancia y el pluralismo cultural, a fin de que se comprendan mejor los fenómenos vinculados con la intolerancia, las ideologías que propugnan la intolerancia, como el racismo, el fascismo y el antisemitismo, y las medidas más efectivas para tratar estos problemas; 
2. Invita al Director General: 
a) a difundir lo más ampliamente posible el texto de la Declaración de Principios y, a tal efecto, a publicarlo y distribuirlo no sólo en las lenguas oficiales de la Conferencia General, sino también en el mayor número posible de otras lenguas; 
b) a crear un instrumento apropiado de coordinación y evaluación de las acciones emprendidas para apoyar la promoción de la tolerancia y de la educación para ésta dentro del sistema de las Naciones Unidas y en cooperación con otras organizaciones asociadas; 
c) a comunicar la Declaración de Principios al Secretario General de las Naciones Unidas, pidiéndole que la presente como convenga a la Asamblea General de las Naciones Unidas en su quincuagésimo primer periodo de sesiones, de conformidad con la Resolución 49/213 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. 

5.63 Plan de Acción de Seguimiento del Año de las Naciones Unidas para la Tolerancia En sus 23a sesión plenaria, el 15 de noviembre de 1995, la Conferencia General aprobó, previo informe de la Comisión V, el siguiente Plan de Acción de Seguimiento del Año de las Naciones Unidas para la Tolerancia. 

Un esfuerzo común y sostenido 
1. Las causas y los factores que contribuyen a las manifestaciones de intolerancia en el mundo entero son complejas y no permiten soluciones sencillas o fáciles. Entre las variables sociales cabe mencionar el quiebre progresivo de las estructuras familiares, la migración a zonas urbanas a menudo superpobladas y con disfunciones, la pérdida de los valores tradicionales, la marginación y el espectáculo de la violencia en los medios de comunicación y en la vida cotidiana. Agréguese a esto que en todas las sociedades reina de algún modo en el mundo actual la diversidad, ya que una movilidad individual sin precedentes en siglos anteriores lleva cada año a millones de individuos a entornos nuevos. Los jóvenes del mundo entero están entrando hoy día en una realidad multicultural, multiétnica y, cada vez más a menudo, urbana, en la que tolerar la diversidad es algo necesario para la supervivencia y el desarrollo humano de todos los miembros de la sociedad. 

2. Entre los factores políticos hay que mencionar la fragilidad de las instituciones democráticas, la falta de respeto por los derechos humanos, el carácter explosivo de los nacionalismos y las rivalidades étnicas, y los conflictos que llevan a desarraigar o desplazar a millones de individuos. Desde el punto de vista económico, el desempleo o el subempleo, la extrema pobreza y la extrema riqueza en cada país (y las diferencias al respecto entre países) y el subdesarrollo persistente contribuyen a crear tensiones sociales que se manifiestan en la intolerancia. 

3. Pese a estos desafíos, los seres humanos han mostrado que son capaces de cambios importantes, de crecer y de adaptarse, tanto en la actualidad como a través de su historia. Una y otra vez han mostrado que son capaces de reconocer su unidad fundamental, sus esperanzas y aspiraciones comunes, y la riqueza de la diversidad humana. 

4. Si disponemos de esos instrumentos esenciales que son la educación, las capacidades y posibilidades de diálogo y comunicación, la intervención positiva de las personalidades con influencia en la opinión pública, una legislación apropiada al respecto y la voluntad de coexistir pacíficamente como vecinos unos de otros, estos desafíos no tienen por qué ser insuperables. El mandato de las Naciones Unidas y de la UNESCO en aras de la prevención de conflictos, la promoción de los derechos humanos, el entendimiento mutuo y el desarrollo social y económico, requiere un esfuerzo sostenido y en cooperación para fomentar los valores de tolerancia y paz entre todos los pueblos del mundo.

Objetivos 
5. De acuerdo con las Decisiones 144 EX/5.1.1 y 145 EX/5.1 del Consejo Ejecutivo y con las recomendaciones de las reuniones consultivas regionales de las Comisiones Nacionales, el objetivo del programa de seguimiento es transformar los elementos que hayan dado mejores resultados de este Año de las Naciones Unidas para la Tolerancia en estrategias y estructuras más duraderas que permitan mejorar la labor de fomento de la tolerancia y la correspondiente sensibilización en todas las regiones del mundo. Con este planteamiento se aprovechan la sinergia y la dinámica generadas durante el Año, para impulsar la campaña durante 1996 y después. 

6. A medida que las sociedades modernas van haciéndose más diversas e interdependientes, la tolerancia resulta cada vez más esencial para la supervivencia y el bienestar de los individuos y de las comunidades en las que viven. La tolerancia no sólo es una cuestión de derecho sino también de responsabilidades: obligaciones morales asumidas por los ciudadanos y los Estados de garantizar la coexistencia pacífica en sociedades integradas y entre ellas. La tolerancia supone comportamientos que pueden ser reglamentados y actitudes que no pueden serlo, acción por parte de los Estados en el campo de los derechos humanos y acción de los individuos como agentes morales en un medio pluralista. 

7. La elucidación positiva y activa del significado de la tolerancia formará parte de las actividades de seguimiento. La tolerancia no es indiferencia, ni concesión ni condescendencia, sino receptividad, respeto, solidaridad y aceptación de nuestra diversidad como seres humanos. Facilitan la tolerancia las relaciones directas, la comunicación y la educación. La tolerancia es entendimiento mutuo gracias a un interés activo por las tradiciones y creencias de los demás y la difusión de las ideas, y no temor y rechazo a lo desconocido. 

8. Así pues, el objetivo general del programa es educar, informar y facultar a los individuos para que asuman las responsabilidades de diálogo, respeto mutuo, tolerancia y no violencia, y fomentar el pluralismo y la tolerancia en las políticas de los Estados Miembros. En general se insistirá en la elaboración de instrumentos prácticos y concretos para la solución de los problemas en los planos internacional, regional, nacional y local mediante una campaña múltiple y sostenida en la que participen las diversas instituciones y sociedades. 

Agentes 
9- Realizarán esta labor fundamental los principales agentes de la sociedad internacional, entre ellos los Estados Miembros, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, las Comisiones Nacionales, las organizaciones intergubernamentales mundiales y regionales, las organizaciones no gubernamentales, las comunidades locales y los municipios y demás agentes de las esferas pública y privada. 

Educación y formación de redes 
10. La función de la educación es esencial. Puede contribuir a formar actitudes vitalicias y a dar a los jóvenes las capacidades interpersonales que necesitarán para vivir en paz con los demás en el futuro. Ello exige un enfoque integrado de la educación para la paz, los derechos humanos, la democracia y el entendimiento internacional. Entre sus componentes bá­sicos figuran la enseñanza de los derechos y valores, la ense­ñanza de idiomas, planes de estudio multiculturales e interculturales, los nuevos enfoques de la enseñanza de la historia y la ciudadanía, la formación especializada del profesorado y la instauración de una atmósfera democrática y tolerante en el aula misma. 

11. Una de las principales características del seguimiento del Año de las Naciones Unidas para la Tolerancia (1995) es la propuesta de declarar el 16 de noviembre Día Internacional de la Tolerancia. Esta fecha es el aniversario de la firma de la Constitución de la UNESCO en 1945. Dicho Día servirá como ocasión anual de insistir en la educación para la tolerancia en todo el mundo, según lo suscribieron los Ministros de Educación en la Declaración y el Plan de Acción Integrado en la 44a reunión de la Conferencia Internacional de Educación. Además, el Día Internacional de la Tolerancia sería una oportunidad para realizar, en cooperación creativa con los medios de comunicación de cada país, acontecimientos especiales, publicaciones y programas de radio y televisión para movilizar la opinión pública en pro de la tolerancia. 

12. Con sus redes afiliadas, entre las que figuran el Plan de Escuelas Asociadas, la Oficina Internacional de Educación, las Cátedras UNESCO, la red internacional de instituciones de investigación en manuales escolares y centros de desarrollo de programas de estudio y varias organizaciones no gubernamentales, la UNESCO llevará a cabo una gran campaña de enseñanza de la tolerancia. Se producirán y distribuirán libros, carteles, películas y videos sobre la no violencia y la tolerancia y conjuntos didácticos para la formación del profesorado. Este material se distribuirá y promoverá entre los medios de comunicación a través de programas gubernamentales y no gubernamentales. Además, se prestará apoyo a proyectos culturales con un enfoque histórico y regional del multiculturalismo que pongan de relieve la función de la tolerancia en el patrimonio cultural mundial. 

13. Estas iniciativas coinciden con los objetivos del Decenio de las Naciones Unidas para la Educación en la Esfera de los Derechos Humanos, 1995-2005, que contempla la formación de educadores de derechos humanos, la preparación de programas especiales y la traducción y la difusión mundial de la Declaración Universal de Derechos Humanos. 

14. Esas iniciativas se coordinarán también con el seguimiento del Año Internacional de la Familia (1994) y la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño. No sólo el medio familiar es el punto natural de partida para el fomento de la tolerancia y la no violencia, sino que además los niños son las víctimas más vulnerables en caso de conflicto, actos de intolerancia y violaciones de los derechos humanos. 

15. El mundo, en aras de la paz, debe hacer una inversión en los jóvenes, que frecuentemente se encuentran en situaciones de conflicto que no pueden controlar. La UNESCO contribuirá al mantenimiento de campamentos interculturales de verano, periodos de práctica e intercambios de jóvenes de zonas de conflicto y posconflictivas, y proyectos de películas y programas de radio y televisión a cargo de jóvenes y para jóvenes. Se fomentarán las redes internacionales y regionales en este ámbito. 

16. La educación es también un medio de difundir los valores de la tolerancia religiosa, como lo reflejan los informes especiales y las resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos sobre la intolerancia religiosa. El fomento de un diálogo constructivo, como en la Declaración de Barcelona sobre el Papel de la Religión en la Promoción de una Cultura de Paz (1994), debe continuar en el seguimiento del Año para la Tolerancia. En la reunión de Barcelona estuvieron presentes representantes de las religiones del mundo, que coincidieron en repudiar el odio, la intolerancia y la violencia en nombre de la religión. 

17. El objetivo principal de los programas nacionales de cultura de paz es fomentar la tolerancia y la reconciliación entre todas las partes involucradas en un conflicto. Estos programas hacen hincapié en acciones de desarrollo que propongan alternativas no violentas en el contexto de situaciones preconflictivas  y posconflictivas. Como lo ha pedido el Consejo Ejecutivo en su Decisión 144 EX/5.1.1 se prevé una estrecha coordinación de las actividades relacionadas con el seguimiento del Año de las Naciones Unidas para la Tolerancia y los programas nacionales que promueven una cultura de paz. 

18. Además de la educación, se necesita una labor de seguimiento e investigación en apoyo de la formulación de políticas y la acción normativa en cada región. Se establecerá una red de cátedras universitarias y servicios de investigación a fin de profundizar el conocimiento y difundir la información existente para contribuir a la elaboración de programas de estudio, estudios estadísticos y sistemas de alerta que permitan anticipar la aparición de nuevas formas de discriminación y la escalada de ideologías intolerantes como el racismo, el fascismo, el antisemitismo, la xenofobia y el nacionalismo agresivo. 

19. Esta red permitirá el avance de la investigación científica social relativa a las fuentes de la intolerancia y recomendar medidas correctivas efectivas. A largo plazo, los elementos de la red actuarán como puntos focales y foros de diálogo intercultural o interreligioso y de contactos con los medios de comunicación, fomentando el entendimiento mutuo para reforzar la cohesión social. Movilización del sistema de las Naciones Unidas 

20. El seguimiento del Año para la Tolerancia estará coordinado con el Programa de Acción de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social y las recomendaciones de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos (Hábitat II). Como la intolerancia, o sea, el rechazo de la diferencia, es un factor importante de desintegración social en cada región del mundo, los gobiernos deberían recurrir a políticas públicas para fomentar la solidaridad, la tolerancia, la igualdad de oportunidades y la solución pacífica de conflictos. La justicia social y la tolerancia van a la par. 

21. Los derechos y las responsabilidades en relación con la tolerancia y el derecho a ser diferente están firmemente esta­blecidos en la legislación relativa a los derechos humanos. Han sido reiterados una y otra vez en instrumentos internacionales y regionales, como la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas, la Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y de discriminación fundadas en la religión o en las creencias, y las Convenciones sobre apátridas, trabajadores y pueblos indígenas. Esos derechos y esas responsabilidades son también objeto de la Declaración y Programa de Acción de Viena y actualmente se tratan en el contexto del Tercer Decenio de la Lucha contra el Racismo y la Discriminación Racial, 1993-2003, y del Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo, 1995-2005. 

22. Consecuentemente, la UNESCO trabajará en estrecha cooperación con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y el Centro de Derechos Humanos para la aplicación de la Declaración de Principios sobre la Tolerancia y el presente Plan de Acción de Seguimiento. 

23. La tolerancia seguirá siendo esencial en el mandato de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (acnur), a fin de proporcionar una protección internacional y buscar soluciones permanentes para los problemas de los refugiados. La situación jurídica, económica y social de los refugiados depende en última instancia de la calidad de su recepción en el nuevo medio, y la tolerancia es decisiva en este proceso. El ACNUR continuará por tanto sus campañas de información pública para aumentar la conciencia y sensibilidad del público al problema de los refugiados. 

24. La tolerancia es también un objetivo central de los programas a largo plazo de la Organización Internacional del Trabajo (oro relacionados con la igualdad en el iugar de trabajo, los trabajadores migrantes, las poblaciones explotadas e indígenas y las consecuencias sociales del desempleo y la pobreza. La oit realizará proyectos de educación para informar a los trabajadores y a los niños de sus derechos fundamentales. Además, el unicef proseguirá las iniciativas de educación para la paz encaminadas a la rehabilitación, la reconciliación y la prevención de conflictos, tanto en los países industrializados como en los países en desarrollo. Su programa de educación para el desarrollo va a convertirse en parte de un programa universal de estudios que enseñará a los niños a pensar por sí mismos sobre la dignidad humana, la interdependencia, las imágenes y las percepciones, la justicia social y la solución de conflictos. El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo se ocupará de la función de los factores económicos en la exacerbación de las tensiones sociales, mediante proyectos de desarrollo destinados a elevar los niveles de vida en los países en desarrollo. 

25. La situación de salud —la enfermedad o la incapacidad— es también un factor de discriminación e intolerancia. La intolerancia contra las personas con enfermedades e incapacidades, que es fruto muchas veces de la ignorancia y de temores infundados, agrava las consecuencias personales y sociales de la enfermedad. Inversamente, hay una correlación positiva entre la tolerancia y la protección de la salud. 

26. Por ejemplo, en el caso de la pandemia del vih/ sida , el Programa Conjunto de las Naciones Unidas para el vih/sida — cuyos patrocinadores son el pnud, la unesco, el fnuap, el unicef, la OMS y el Banco Mundial— proseguirá las iniciativas emprendidas en este campo por el Programa Mundial de la Organización Mundial de la Salud contra el SIDA. 

27. Los temas relacionados con la tolerancia, de especial pertinencia para las mujeres se abordan en las contribuciones de la UNESCO a la Cuarta Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre la Mujer (1995). La función de las mujeres en la inculcación de los valores de tolerancia es el tema de una publicación de la UNESCO actualmente en curso de preparación. Se mantendrá la cooperación en el seguimiento de la Conferencia de Beijing.  

Coordinación 
28. Este plan de Acción de Seguimiento será coordinado mediante consultas regulares en todo el sistema de las Naciones Unidas y sus organismos especializados en asociación con las Asociaciones de las Naciones Unidas, las Escuelas Asociadas de la UNESCO, los Clubes UNESCO y organizaciones no gubernamentales, intergubernamentales y regionales de todas las regiones del mundo. 

29. Se propone crear una red para una comunicación y cooperación eficientes entre los principales actores de este Plan de Acción de Seguimiento, comprendidos un sistema de evaluación de la efectividad del programa e informes perió­dicos a los órganos rectores de las Naciones Unidas y la UNESCO. 

30. Este mecanismo de coordinación comprenderá la participación activa de organizaciones regionales como la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa y el Parlamento Europeo. Se mantendrá la cooperación en relación con la Campaña del Consejo de Europa contra el Racismo, la Xenofobia, el Antisemitismo y la Intolerancia, campaña de sensibilización pública que promueve el entendimiento mutuo, sobre todo entre los jóvenes, en las diferentes sociedades europeas durante 1995 y después. También se adoptarán medidas para incrementar la cooperación con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en todas las demás regiones, mediante proyectos concretos que correspondan a las circunstancias peculiares de cada área. 

31. En el plano nacional, las Comisiones Nacionales de la UNESCO se encargarán de supervisar la aplicación del Plan de Acción de Seguimiento del Año de las Naciones Unidas para la Tolerancia y de informar al respecto. Cuando proceda, las Comisiones Nacionales adoptarán medidas concretas para garantizar una aplicación satisfactoria a nivel nacional y coordinarán esta actividad, según corresponda, con las autoridades nacionales. 


32. Además, proseguirá el patrocinio extrapresupuestario en el contexto del programa de seguimiento para apoyar proyectos 259 especiales relacionados con el fomento de la tolerancia y la sensibilización del público en general, contando, entre otros, con el concurso de los Embajadores de Buena Voluntad de la UNESCO.

 El derecho de Libertad de Expresión no puede implicar el derecho de ofender ni atacar ni incumplir otros derechos humanos como los de libertad religiosa o de pensamiento. Libertad, es entender y aceptar que todos los seres humanos poseemos iguales derechos.