EL Rincón de Yanka

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miércoles, 8 de noviembre de 2023

¿HAY QUE CANONIZAR A TODOS LOS PAPAS? 💬


¿Hay que canonizar 
a todos los papas?

"La canonización de los papas es un fenómeno bastante reciente". 
Philippe Chenaux

Entiendo que puede haber una sensación entre el público en general de que la canonización de los últimos papas se está volviendo un poco automática. Pero si miramos a largo plazo, vemos que se trata de un fenómeno bastante reciente y nada generalizado.

martes, 7 de noviembre de 2023

LIBRO TRAPENSE "TRES MONJES REBELDES" por M. RAYMOND 🕂🙏🕂

POR M. RAYMOND, O. C. S. O.
Autor de "La familia que alcanzó a Cristo", 
"El hombre que se entendió con Dios", etc.

San Roberto, San Alberico y San Esteban, fueron los tres primeros abades consecutivos de la comunidad del Císter, allá por el año 1098.
Ellos tres y otros 21 monjes más salieron de la comunidad de Molesmes, en Francia, porque querían vivir el espíritu de la Regla de San Benito y no quedarse en la letra. Guiados por un anhelo profundo de autenticidad, dejaron su monasterio benedictino , para adentrarse, según los documentos fundacionales, en el “desierto” de Císter. Todo un símbolo, pues, paradójicamente, Císter, viene de “cisterna”, agua por todas partes. Así que las húmedas tierras de la diócesis de Châlon, se convirtieron en un desierto interior de soledad, de quietud y de oración, que es lo que ellos deseaban.
Cuatro libros acompañaron a la primera generación de intrépidos cistercienses: la Regla de San Benito, la Biblia, Los Moralia in Job, -de San Gregorio Magno- y las Cartas de San Jerónimo. Para ellos la veracidad de la Sagrada Escritura fue referencia nuclear –ignorar las Escrituras es ignorar a Cristo,escribe San Jerónimo-, acompasando su lectura con un libro que hoy podríamos denominar de autoayuda (Los Moralia in Job). 
Así que tenemos los dos pilares de un camino de fe: la Palabra de Dios y el conocimiento personal. Sabemos que los cuatro libros arriba mencionados eran los más leídos, por la cantidad de ejemplares encontrados en sus bibliotecas. Durante la Edad Media la riqueza de los monasterios se medía por sus tierras y por sus mansucritos.
Así Císter se convirtió en el “Nuevo Monasterio”, apelativo místico que apunta hacia una renovación monástica, hacia un dinamismo de fe y de autenticidad siempre en búsqueda. Por algo les llamaron a nuestros Fundadores, “los tres monjes rebeldes”. Por cierto, que este es el título de un ameno relato histórico sobre los inicios de Císter, escrito por el padre Raymond y editado en Herder, ¡no te lo pierdas!

En "Tres monjes rebeldes", Raymond inicia la narración de la leyenda del Císter, con la salida de un grupo de monjes del monasterio benedictino de Molesme, en busca de un lugar solitario en el que poder buscar a Dios con mayor autenticidad y sencillez, según la Regla de San Benito en su pureza.
Con esta obra M. Raymond inicia la trilogía titulada La saga de Citeaux y compuesta por Tres monjes rebeldes, La familia que alcanzó a Cristo e Incienso quemado. Con la denominación de «saga», el autor manifiesta su intención de trazar poéticamente la historia de la primitiva Orden Cisterciense que, con el tiempo, recibiría del monasterio de La Trappe el nombre de trapense, con el cual se conoce a los monjes blancos.
En las literaturas nórdicas, la saga es un género equivalente a la epopeya de la Europa meridional y occidental. Pero suelen carecer de protagonista individual: el héroe de la saga es un colectivo, una familia, una tribu, un pueblo.
Al narrar la historia de los creadores del Císter, M. Raymond utilizó aquel antiguo género literario, y, tomando de la vida real unos sucesos extraordinarios, les infundió un aliento poético y legendario del más alto valor emocional. Su intención, al componer la trilogía, fue divulgar la historia de los primeros cistercienses europeos del siglo XII, y la de los primeros trapenses americanos en el siglo XIX.
En Tres monjes rebeldes, Raymond inicia la narración de la leyenda del Císter, con la salida de un grupo de monjes del monasterio benedictino de Molesme, en busca de un lugar solitario en el que poder buscar a Dios con mayor autenticidad y sencillez, según la Regla de San Benito en su pureza. Los monjes propulsores de este movimiento reformista fueron: Roberto, al que se le debe la orientación más austera del monacato benedictino, Alberico, a quien se debe la primera organización de la observancia típica del Císter y Esteban Harding, el creador del organigrama de la Orden Cisterciense que la constituye como tal.

INTRODUCCIÓN

Aquí empieza LA LEYENDA DEL CISTER. En le escuela nos estremecíamos con las vibrantes estrofas de "La Leyenda del Rey Olaf", tal como la narrara el músico noruego en los "Tales of a Wayside Inn (Cuentos de Wayside Inn)" de Longfellow. 

El rey Olaf murió en una batalla cerca de la ciudad de Trondheim. No se trataba de un rey muy querido y eso provocó que nadie se quisiera hacer cargo de su cuerpo que acabó dentro de un ataúd que tiraron al fiordo –en la Wikipedia la versión es distinta, mucho más querido–. Aquí comienza la leyenda que cuenta que surgió un manantial de aguas curativas en el punto en que se hundió el ataúd y que un año después, lo que surgió fue el propio ataúd. No muy dados a los milagros en aquella época –alrededor de 1031– decidieron que lo mejor era volver a lanzarlo al fiordo. Cinco días después volvió a salir. Al abrir el ataúd, descubrieron que el cuerpo estaba como el primer día, piel rosada y las uñas y el pelo crecido, incluso holía a rosas.
Ya era demasiado para volver a tirarlo al fiordo y cambiando por completo de actitud se procedió a su canonización y enterramiento en un ataúd de plata. Sobre esa tumba se edificó una iglesia de madera. Poco a poco la iglesia fue creciendo hasta lo que es ahora. El estilo gótico de su fachada se debe a un viaje del obispo a Inglaterra en el que descubrió el nuevo estilo arquitectónico y queda encantado con él. A su vuelta mandó derribar gran parte de la catedral para rehacerla, dejando sólo el transepto con su estilo románico anterior.

El misterio del mar, la violencia belicosa, los destellos de ternura humana, que prestan su encanto a la obra, tienen su equivalente espiritual en el cuento que vamos a relatar. Figuras heroicas, pero también muy humanas, fueron las de aquellos primeros Cistercienses. Para que los lectores de la presente generación puedan apreciar su heroísmo y su humanidad, hemos creído oportuno dramatizar los acontecimientos de acuerdo con los hechos históricos y rodearlos de una atmósfera y de un color local adecuados; pero nada hemos inventado. Esta es una historia perfectamente fidedigna. 

Con su publicación se realiza el sueño de medio siglo de nuestro Reverendísimo Padre Abad. Fuertemente impresionado, desde mucho tiempo atrás, con la grandeza de los Santos de nuestra santa Orden, y muy deseoso de hacerlos conocer a los católicos americanos, se vio siempre asediado por las tareas administrativas hasta que, por último, la Providencia le proporcionó un grupo de personas capaces de efectuar ese trabajo. Es éste, pues, el resultado, de la colaboración de muchos, pero principalmente de dos, un "rastreador" (investigador), el Padre Amadeus, y un "escriba", cuyo nombre aparece en la cubierta. El "rastreador" se abrió camino a través de muchos volúmenes y en muchas y diferentes lenguas y recogió interesantísimo y precioso material para el escriba. 

En página aparte damos una lista parcial de los libros consultados como fuentes de información. Nuestra deuda de gratitud se extiende a muchos —que desean permanecer en el anonimato— por su crítica amistosa y por su estímulo, pero más que a todos al Reverendo John P. Flanagan, S. J., de Boston, Mass., quien leyó el manuscrito íntegro, en sus distintas revisiones, como también las pruebas de imprenta. 

TRES MONJES REBELDES es, lógica y cronológicamente, el primer volumen de LA LEYENDA DEL CISTER, aunque no el primero en orden de publicación.

fray M. RAYMOND, o. c. s. o
Festividad de la Visitación de Nuestra Señora
Julio 2, de 1944

3 MONJES REBELDES (PELÍCULA COMPLETA)

VER+:



Raymond - Tres Monjes Rebeldes by Luis Fer Arroba


lunes, 6 de noviembre de 2023

TODA IDEOLOGÍA ES VENENO PARA LA JUSTICIA por EL CONDESTABLE DE LA PLUMA FINA



Toda ideología 
es veneno para la justicia


Véase como se guste, hoy día estamos viviendo a nivel mundial (rehúso firmemente utilizar el término «global», dispénseme usted) una auténtica persecución a la justicia y la legitimidad. Todos los más altos tribunales de las principales naciones del orbe parece que han emprendido una carrera con la única meta de prostituir, vejar y desintegrar los sistemas jurídicos que, velis nolis, expresan las leyes por las cuales ha de regirse la convivencia de la sociedad y la consecución del bien común.

No se trata ya de una ley concreta, puesto que podemos encontrar sin mucho esfuerzo toda una compilación antijurídica en los códigos legales, decretos y constituciones, al menos en lo que respecta a los principios generales del derecho y al derecho natural. Puédese afirmar sin temor ni duda alguna que «lo natural» ahora es «lo antinatural». 
¿De dónde deviene esta situación, estas abominaciones jurídicas y judiciales? Como siempre, de la corrupción –así lo expresa Aristóteles–, porque el mal surge de cualquier defecto (se acordarán algunos de ustedes de la máxima: malum ex quocumque defectu, bonum ex integra causa). Esta perversión se ha extrapolado con las llamadas “ideologías”, nefastas todas, pero en su máxima nocividad cuando se aplican al campo de la sexualidad natural.

Y no es algo únicamente «actual», no proviene únicamente de los últimos años (en estos se ha apretado el acelerador estilo Grand Prix de Fórmula 1). Inició con el voluntarismo jurídico de August Comte, se reforzó durante la Ilustración, se fortaleció en el siglo XX con Hans Kelsen y parentela, y se corrompió, prostituyó y envenenó en las últimas décadas del pasado siglo. Solamente ahora nos damos un poco más de “cuenta” por la razón de que es una vesania absoluta que en nombre de la “libertad” se prohíba obrar lo bueno, que en nombre de la presunta “democracia” se actúe en pura autocracia y que so pretexto de “derechos humanos” se creen falsos derechos a todo lo que la humana subjetividad pudiere desear (y que nunca será algo legítimo, puesto que cuando se pone la legalidad como base de la legitimidad implica que es la misma voluntad quien, sin competencia alguna para ello, postula cuanto quiere por su gusto y placer).

Por ello, aun a riesgo de aburrirle, estimado señor lector, creo pertinente que insistamos (¡a tiempo y a destiempo!) en los conceptos básicos. La Justicia es un orden legítimo y correcto de actuación, sencillamente. Por supuesto, ha de expresarse necesariamente en el sistema jurídico. Este debe ser siempre un camino privilegiado para la acción de la justicia, un lugar donde la justicia se encarna en la vida (y que técnicamente se denomina como “justicia estructural”).

La ley, medio de expresión de la justicia, está llamada a ser y a colocarse como estructura de justicia. Esto significa que el orden jurídico encuentra en la justicia su contenido fundamental, su criterio de autenticidad, la justificación de su carácter obligatorio, el alcance insuperable de su despliegue. Por supuesto, al ser interna a esta correlación, existe una causalidad mutua entre la ley y la justicia, ya que esto es en el sentido de que la justicia genera ley y la ley debe generar justicia en toda convivencia humana.

Sin embargo, como afirma Karl Larenz, si se diera el caso en el que el sistema legal no se ajustara a la justicia, ésta dejaría de ser tal y, según el pensamiento de Tomás de Aquino, y de acuerdo con los principios generales de la ley misma, legitimaría la desobediencia a una norma injusta contemplada en ese orden.

Esto significa que el derecho positivo que se forma o se actúa contra o sin justicia, no es ley –sea la IVE, la ayer refrendada por el Tribunal Supremo Ley de Eutanasia, leyes de educación y adoctrinamiento, de supuesto “género”, etcétera–, ya que las leyes injustas, aunque tienen todas las características formales y estructurales del derecho, no son leyes, sino “monstruos de derecho”, ya que se convierten en violencia institucionalizada, injusticia estructural o esclavitud legalizada, siendo evidente, por lo tanto, que este derecho perdería toda su capacidad intrínseca de ser respetado, colocando ante sí otro derecho que también es irrefutable: el derecho a la vida (desde su concepción hasta su fin natural), el derecho a la educación (objetiva, histórica, real, verdadera, neutral), el derecho a la salud (vaya con pandemias, estelas, fumigaciones, inoculaciones, prevenciones…), el derecho a disentir (sin ser estigmatizado por ello como “enemigo público”), la objeción de conciencia o la desobediencia legítima –ésta última no arbitrariamente, por supuesto, sino cuando la supuesta justicia legal no es tal–.

En verdad, da vergüenza tener que remontarse al primer semestre de la carrera de derecho, pero (al menos en mis tiempos) una de las primeras lecciones de Derecho Natural (creo que ya no se estudia, fue asignatura suprimida hasta en las universidades eclesiásticas) dice que la autoridad pública no es omnipotente ni competente para legislar contra la naturaleza de la persona humana y sus fines, lo que se llama para el Estagirita (Aristóteles) “teleología humana”.

Recordemos, pues, que este derecho y deber se funda en la persona humana misma, y es verdaderamente una exigencia de justicia y como una necesidad para la coherencia de la ley con su carácter instrumental en la conducta de la persona humana misma. Por lo tanto, que la ley debe estar subordinada a la justicia no es sólo un imperativo de la lógica jurídica, sino también un requisito de la naturaleza humana misma, ya que el propósito de la ley se refiere inmediatamente al concepto del bien común, universal, que es la totalidad de los elementos y necesidades de las personas e instituciones para lograr su plena realización, siempre en consonancia con su dignidad intrínseca y con su esencia.

Por ello mismo, ninguna «ideología» puede legítimamente imponerse desde el imperio de la ley. La autoridad siempre debe fomentar las condiciones para que pueda obtenerse la justicia (sin que esto signifique quitar la dignidad de los gobiernos y las autoridades públicas justas, que siempre deben respetarse), y será tan precisa cuando se vea y ejecute la realidad que el orden jurídico debe proteger el bien común (desde la unidad de la Patria hasta la vida, desde los intrínsecos derechos a la salud, el trabajo, la vivienda, etcétera, hasta el libre desarrollo de la personalidad en base al bien, no a supuestos «bienes» inventados por la ideología). Es más, de hecho, todo y todos deben contribuir a la realización de este bien común.

La ley, por lo tanto, debe estar subordinada a la justicia y, de esta manera, el derecho según la justicia se convierte en el derecho a la justicia y la justicia legítima, la que no altera la ley natural ni la recta razón. ¿Es una utopía? No: es derecho natural, inalterable, imprescriptible y objetivo. Todo lo demás es veneno ideológico, subjetivismo exacerbado y distractores del auténtico bien. ¡Y pensar que nos lo estamos comiendo con patatas…!

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