EL Rincón de Yanka: LIBRO "INTRODUCCIÓN A LA FILOSOFÍA DE LA POLÍTICA": BREVE MANUAL por DANILO CASTELLANO

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martes, 30 de mayo de 2023

LIBRO "INTRODUCCIÓN A LA FILOSOFÍA DE LA POLÍTICA": BREVE MANUAL por DANILO CASTELLANO

 
INTRODUCCIÓN A LA FILOSOFÍA 
DE LA POLÍTICA

BREVE MANUAL

Este libro es un manual introductorio a la Filosofía de la Política. Trata teoréticamente, de manera orgánica y original, tanto algunas cuestiones fundamentales de la política y el derecho público, como ciertas teorías que –en la modernidad y la posmodernidad– han tenido y siguen teniendo un peso decisivo en las orientaciones políticas y las consiguientes elecciones organizativas u ordinamentales. Del análisis brotan las rationes y, simultáneamente, los errores de método y de mérito de muchas doctrinas políticas y iuspublicísticas contemporáneas respecto de los temas fundamentales: naturaleza y fin de la comunidad política, bien común, relación política/economía, poder constituyente, etc. Surge también que, aun en su diversidad, las ideologías políticas como liberalismo, radicalismo, socialdemocracia, marxismo o personalismo presentan un mínimo común denominador que el presente volumen determina con un análisis ajustado.

INTRODUCCIÓN

1. Es claro que manual tiene una pluralidad de significados y usos. Es un compendio de nociones y caracteres esenciales de una disciplina o tema escrito, generalmente en función de exigencias de divulgación u operativas. Puede existir, comenzando por estas últimas, el manual del usuario o del instalador, el manual de servicio o del administrador del sistema, el manual del programador, etc. 

El manual de divulgación, en cambio, se presenta como síntesis de conocimientos que deben tenerse presentes constantemente. Lo dice a las claras su significado etimológico: manual, en efecto, deriva del encheiridion griego y significa «lo que se tiene a mano». 

En el ámbito filosófico alcanzó fortuna el Manual de Epicteto, recolector de máximas que debían tenerse siempre presentes para afrontar los problemas existenciales y para resolver (aunque fuera estoicamente) las cuestiones de la vida. El manual, por tanto, no es un tratado, que es una obra que generalmente presenta el desarrollo sistemático de un tema, o una monografía, que es una obra dedicada a la presentación profunda y (de ser posible) exhaustiva de un tema específico. El presente manual se ocupa de la filosofía de la política, con especial consideración de algunas cuestiones de derecho público, rectius a las cuestiones fundantes del derecho público, que sería mejor llamar derecho político1. No es, por tanto, una historia de las doctrinas políticas y tampoco una historia de la filosofía política. ¿Qué es, entonces, y a quién se dirige principalmente?

2. El presente manual es una breve obra teorética dirigida, por tanto, con un método atento particularmente a la «realidad». Supone plantear cuestiones y quizá dar también indicaciones para su solución no por el gusto de complicar las «cosas», es decir, de hacer más difícil su comprensión, sino para ayudar a penetrar lo que mayormente se presenta aproblemáticamente, es decir, como si las teorías, políticas o de derecho público, no presentaran la necesidad de consideraciones más amplias, de lecturas «inteligentes», de sondeos profundos. El lector no encontrará, por tanto, indicaciones fáciles de aplicar según las finalidades de los manuales «operativos». Hallará, más bien, «escollos» que superar. Y su superación le permitirá dar respuesta a distintas cuestiones tanto de la política como del derecho público. Por ello, el presente manual se dirige, principalmente y sobre todo, a los estudiantes de las Facultades de Derecho y de Ciencias Políticas. Pero también, a continuación, a los docentes de estas facultades, pues el derecho público no puede presentarse como conjunto de normas de un «sistema», sea la Constitución o, más en general, el ordenamiento, y no se puede comprender la política cuando se la reduce tan solo al conocimiento de las muchas y distintas «doctrinas» que se definen políticas. En uno como en otro caso tendremos un pluralismo (contradictorio), tanto «jurídico» como «político», que no puede justificar el derecho ni proporcionar razones a la política. 

3. El presente manual, como acaba de decirse, es breve. Lo que no significa que no aspire a ofrecer los conocimientos esenciales de las disciplinas políticas. Un jurista italiano ha observado que con el paso del tiempo las obras que se recomiendan a los estudiantes se han vuelto complicadas2. Aspiran a la totalidad, pero la totalidad es «maldita» al perseguir la ilusión de poseer (y dominar) todo, cuando en realidad no permite comprender siquiera los aspectos fundamentales de las disciplinas estudiadas. La totalidad, entendida como información detallada, con mucha frecuencia es disgregadora, incluso de las nociones fundantes indispensables para conocer las instituciones fundamentales y para poseer las categorías conceptuales decisivas de toda disciplina. Al margen de que —añadimos nosotros— si el «todo» es el «todo» de un «sistema», de una «teoría» o de una «doctrina», queda encerrado en una jaula, la del «sistema», la «teoría» o la «doctrina»: es conocimiento parcial, a menudo mero conocimiento de una ideología. En nuestro caso no sería conocimiento ni de la juridicidad ni de la politicidad. Y al no responder a las preguntas que plantea la experiencia, prescindiría de la realidad. Sería el conocimiento de «elaboraciones» fantásticas, hechas efectivas a menudo por el poder (brutal). Su efectividad no tendría, sin embargo, el poder de convertirlas en «reales». Las doctrinas serían el producto de opiniones y las instituciones serían los instrumentos para tratar de aplicarlas. No sería posible ni la comparación ni la discusión: cada uno creería tener el «derecho» de seguir la opinión y la doctrina con las que está de acuerdo. Pero sobre esta base difícilmente podría legitimarse el ejercicio del poder, que nunca sería autoridad, esto es, el poder de hacer crecer las cosas según su fin intrínseco. Toda autoridad estaría así deslegitimada y sería imposible pedir y obtener obediencia. 

4. El presente manual es sintético, muy sintético. Requiere, por tanto, una «lectura intensiva». Pretende plantear las cuestiones esenciales que deben considerarse e ir al fondo de las mismas. Subraya, en primer lugar, el punto de partida absurdo de las «doctrinas» políticas y jurídicas modernas, que arrancan de «asunciones»: las cuestiones políticas parten del «estado de naturaleza», que —como escribe abiertamente Rousseau— no ha existido ni existe ni probablemente exista nunca; las cuestiones de derecho público, en cambio, parten de la definición, arbitraria y por ello absolutamente hipotética, según la cual el «derecho público» residiría en la «fuerza» ejercitada en régimen de monopolio. Ha habido quien, por ejemplo, refiriéndose a Altusio y a Pufendorf, entiende que el llamado «pacto de sumisión», que es pura ficción, está en el origen del poder político y este poder sería la fuente del «derecho público» moderno3. El hecho es que las «doctrinas» políticas y jurídico-públicas modernas dependen de la doctrina protestante. Son, por tanto, necesariamente «constructivistas» tanto en las versiones europeas continentales como en sus realizaciones «americanas». Las primeras representan la premisa para el Estado moderno, mientras que las segundas —mucho más coherentes respecto, sobre todo, a la doctrina de Lutero4 — han dado vida a la doctrina «politológica», afirmada obviamente5 en los Estados Unidos de América y, sobre todo, tras la Segunda Guerra Mundial, difundida en Europa y en el mundo occidental. 

5. El presente manual, además de ser breve y sintético, es también «esbelto» en lo que hace, sobre todo, al aparato crítico. De acuerdo con lo dicho anteriormente, la bibliografía se ha reducido al mínimo. No porque no sea importante y útil, sino porque podría haber «recargado» el trabajo. Hablamos, sobre todo, de esa bibliografía que es un complejo de indicaciones elaborado a partir de las informaciones que se obtienen hoy con el ordenador y en otro tiempo con el «fichero por materias». Cosa practicada, desgraciadamente, por muchos a fin de demostrar su erudición. Pero también nos referimos a la bibliografía conocida crítica y estrechamente atinente a los temas tratados. No hay duda de que esta elección puede constituir un defecto y toda elección es discutible. Pero tiene también la ventaja de hacer expedita la lectura de las páginas que siguen, que —a causa de su perspectiva muy distinta de la corriente— exigen no solo ser «leídas», sino también meditadas. 

6. El presente manual, como acaba de decirse, es una obra que abandona (más aún, «contesta», en el sentido de que no acepta) los planteamientos de los estudiosos modernos y contemporáneos sobre los problemas políticos y jurídico-públicos. Se distingue, por ello, en el conjunto de los trabajos dedicados a estas cuestiones. La conciencia de este abandono y de esta diferenciación deriva de la «lectura», no buscada, sino impuesta por la penetración de la experiencia, de las cuestiones que representan el fundamento de la política y el derecho público, en crisis —y profunda— a causa del desarrollo coherente de las «teorías» políticas y jurídico-públicas modernas y contemporáneas, y particularmente de las «doctrinas» individualistas. Entre estas, tiene particular relieve la «doctrina» del personalismo contemporáneo, que es una forma de individualismo radical que pretende poner el Estado al servicio de la voluntad, de cualquier voluntad del ciudadano6. 

7. El presente manual —es conveniente precisarlo desde la introducción a fin de facilitar su lectura— «rechaza» distintas tesis corrientes sobre la política y el derecho público. Aquí nos limitamos a indicar tres: 
a) «Rechaza», en primer lugar, la tesis de que la política sería un conjunto de creencias subjetivas acerca de lo justo y lo injusto: la política, a la luz de esta definición, sería una opinión caracterizada por el dogmatismo y el fideísmo, generadora (virtualmente al menos) siempre de conflictos. 
b) «Rechaza», a continuación, la tesis de que la política sería el poder regulador del conflicto social. El Estado nacería, en consecuencia, como sostenía Hobbes, para que los seres humanos no acudan a las armas; no sería el regulador de los derechos y de la modalidad de su ejercicio, como sostenía Rosmini7, sino del poder brutal a partir de otro poder brutal incluso más fuerte que todo otro poder brutal. 
c) «Rechaza», finalmente, la tesis de que el derecho, en particular el derecho público, no tendría necesidad de «metafísicas», es decir, de ir «más allá» del ordenamiento positivo para comprenderlo adecuadamente. Debe observarse, sin embargo, que resulta imposible penetrar el significado de las mismas normas positivas, en particular las constitucionales, si no se intenta comprenderlas con una «lectura» profunda. Términos como soberanía, pueblo, libertad, igualdad, representación, etc., imponen una profundización conceptual para evitar tanto el caer en interpretaciones ideológicas (evidenciadas sobre todo en la jurisprudencia de los Tribunales Constitucionales) como no comprender en absoluto la disposición normativa.

8. El presente manual considera la política, en primer lugar, como ciencia ética que —en la práctica— se convierte en arte del bien común: la política, por tanto, es ciencia y arte de este bien. En cuanto tal, exige un esfuerzo para conocerla (aspecto doctrinal) y para realizarla conforme a su naturaleza y su fin. La política es un deber; un officium animae ha dicho un autor español contemporáneo8. Por tanto, y primeramente, es deber y servicio, y solo consiguientemente, función y cargo. Nunca es, en todo caso, puro poder.
9. El presente manual se divide en dos partes. En la primera se presta atención a los temas políticos estrictamente toeréticos, mientras que en la segunda se consideran algunas doctrinas políticas que representan el «alma» de muchos de los ordenamientos jurídicos actualmente vigentes y, en todo caso, de los «occidentales». No se han tomado en consideración, en cambio, las teorías no hegemónicas, que habrían merecido también un análisis para comprender la experiencia política histórica más cercana a nuestros días: fascismo, nazismo, peronismo, etcétera. 

10. Con estas «advertencias» preliminares despachamos el presente trabajo, con la esperanza de que pueda ser útil pese a sus limitaciones. A algunos de estos puede ponerse, en verdad, remedio con la lectura de las páginas que en el curso de los años hemos dedicado a la «cuestión política», que pueden «integrar» lo que se considera en el presente manual9.

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1 El derecho público, para la modernidad, es el ordenamiento que el Estado se da para asegurar su supervivencia y garantizar la efectividad de su voluntad (expresada en normas o regulaciones). Así, el Estado es su fuente y su legitimación se encuentra en la sola voluntad del Estado. La primera Cátedra de Derecho Constitucional, denominada a la sazón Derecho constitucional cisalpino y público universal, fue instituida en Ferrara el 1797. Se hallaba en estrecha dependencia de la ideología de la Revolución francesa. Fue su titular Giuseppe Compagnoni, sacerdote que abrazó las ideas ilustradas, colgó los hábitos en 1794 y fue elegido seguidamente diputado al Congreso de Reggio Emilia. Esta primera Cátedra de Derecho Constitucional, como es fácilmente imaginable, estaba extremadamente politizada. Pero la «politización» no es la política: derecho político debería significar el derecho ligado a la naturaleza de la comunidad política y regulado por la naturaleza de la comunidad política, no derecho dictado por las opiniones erróneas que se tienen de ella, y menos aún —como, por ejemplo, sostenía Rousseau— derecho cualificado solamente por su característica pública.
2 Natalino Irti, «Prólogo» a Giuseppe Santoro-Passarelli, Diritto sindacale, Roma-Bari, Laterza, 2007. 
3 Cfr. Nicola Matteucci, Lo Stato moderno, Bologna, Il Mulino, 1993, p. 118
4 Puede verse sobre la cuestión Miguel Ayuso (ed.), Consecuencias político-jurídicas del protestantismo. A los 500 años de Lutero, Madrid, Marcial Pons, 2016, así como Danilo Castellano, Martín Lutero. El canto del gallo de la modernidad, Madrid, Marcial Pons, 2016.
5 «Obviamente» por el origen histórico de la cultura estadounidense, caracterizada también, desde el punto de vista político, por la doctrina protestante. Los protestantes que, por razones de coherencia, no aceptaron tras la paz de Augsburgo (1555) el principio cuius regio eius et religio, emigraron a América del Norte. A lo que se sumó, más adelante, el influjo de John Locke. Sobre este véase Juan Fernando Segovia, La ley natural en la teleraña de la razón. Ética, derecho y política en John Locke, Madrid, Marcial Pons, 2014.
6 Sobre las cuestiones políticas y jurídicas del «personalismo contemporáneo» se remite a Danilo Castellano, L’ordine politico-giuridico «modulare» del personalismo contemporaneo, Napoli, Edizioni Scientifiche Italiane, 2007.
7 Véase, sobre el tema, el trabajo de Francesco Mercadante, Il regolamento della modalità dei diritti, Milano, Giuffrè, 1981.
8 Cfr. Miguel Ayuso, La política, oficio del alma, Buenos Aires, Ediciones Nueva Hispanidad, 2007.
9 En particular puede verse Danilo Castellano, La razionalità della politica, Napoli, Edizioni Scientifiche Italiane, 1993; íd., L’ordine della politica, Napoli, Edizioni Scientifiche Italiane, 1997; íd., La verità della politica, Napoli, Edizioni Scientifiche Italiane, 2002; íd., La politica tra Scilla e Cariddi, Napoli, Edizioni Scientifiche Italiane, 2010, e íd., Política. Claves de lectura, trad. esp., Madrid, Dykinson, 2020.




VER+:



La Congregación para la Doctrina de la Fe, oído el parecer del Pontificio Consejo para los Laicos, ha estimado oportuno publicar la presente Nota doctrinal sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política. La Nota se dirige a los Obispos de la Iglesia Católica y, de especial modo, a los políticos católicos y a todos los fieles laicos llamados a la participación en la vida pública y política en las sociedades democráticas.

La Política Católica - La Sacristía de La Vendée: 18-05-2023

Filósofos presocráticos: los primeros pensadores de Occidente

Si se aspira a obtener una determinación del concepto de lo político, la única vía consiste en proceder a constatar y a poner de manifiesto cuáles son las categorías específicamente políticas. Pues lo político tiene sus propios criterios, y éstos operan de una manera muy peculiar en relación con los diversos dominios más o menos independientes del pensar y el hacer humanos, en particular por referencia a lo moral, lo estético y lo económico. Lo político tiene que hallarse en una serie de distinciones propias últimas a las cuales puede reconducirse todo cuanto sea acción política en un sentido específico. Supongamos que en el dominio de lo moral la distinción última es la del bien y el mal; que en lo estético lo es la de lo bello y lo feo; en lo económico la de lo beneficioso y lo perjudicial, o tal vez la de lo rentable y lo no rentable. El problema es si existe alguna distinción específica, comparable a esas otras aunque, claro está, no de la misma o parecida naturaleza, independiente de ellas, autónoma y que se imponga por sí misma como criterio simple delo político, y si existe, ¿cuál es? Pues bien, la distinción política específica, aquella a la que pueden reconducirse todas las acciones y motivos políticos, es la distinción de amigo y enemigo. Karl Schmitt, El concepto de lo político.
Claro, es evidente: la filosofía política se ocupa de la política. Pero ¿qué es la política? Algo no muy claramente definido, según parece, pues uno puede recordar muchas definiciones, bastante diferenciadas entre sí, de este término, como lo muestra la siguiente lista: 

1. "La política es la búsqueda del bien común". 
2. "La política es el consenso que emerge cuando se superan los disensos". 3. "La política es la organización general de la vida en común tomando como base los intereses más altos". 
4. "Política es la actividad productora del orden social". 
5. "Política es la organización institucional que emerge de un orden social de dominación". 
6. "La política es la forma civilizada de tramitar las diferencias y los conflictos". 
7. "Política no es otra cosa que la lucha por el poder". 
8. "La política, cuando hay un antagonista más fuerte, convierte al antagonista en aliado y, cuando hay una confianza en los recursos de poder, convierte al aliado en dominado". 
9. "La política es lo que nos impide destruirnos como especie y lo que nos impide realizarnos como individuos". 
10. "Política es el arte de gobernar". 

Tratar de decidirse por alguna de estas definiciones pasa por haber respondido ciertas preguntas. ¿Es la política un fenómeno inevitable en la vida social humana o es más bien uno que aparece en ciertas sociedades? ¿Habrá siempre política o es ella un fenómeno característico de cierta época, algo que no necesariamente hubo en el pasado o que tal vez no habrá en el futuro, cuando las sociedades se organicen de otro modo? ¿Es la política la que introduce los conflictos y desarmonías en la sociabilidad humana o es más bien la respuesta obligada a esos conflictos y desarmonías que, de no ser por ella, amenazarían con destruir la vida social?

Los filósofos han dado diversas respuestas a estas preguntas y, a través de ellas, diversas definiciones de lo que es la política. Tan variadas definiciones, sin embargo, pueden clasificarse en dos tendencias generales que podemos llamar la política como conflicto y la política como consenso o reconciliación. La primera de estas tendencias es la que piensa que lo que define el fenómeno de la política es el enfrentamiento, el conflicto en grupos o sectores que quieren hacerse con ciertos recursos de dominación, en otras palabras, que la política es dominación de unos seres humanos sobre otros. La relación política entre los seres humanos es, pues, relación de confrontación. Ejemplos de esta tendencia son Maquiavelo, Marx y Schmitt. 

La segunda tendencia es la que piensa que se hace política para encontrar salidas a los conflictos que no la tienen dentro de su propia lógica. La relación política, cuando es exitosa, es una relación de consenso, de un consenso logrado donde antes primaba el disenso, un consenso que inaugura una nueva forma de comunidad, la comunidad política, que responde a la capacidad humana para crear relaciones públicas e identidades cívicas. Ejemplos de esta tendencia son Hobbes, Rousseau, Rawls y Habermas. Estas dos tendencias que emergen en la filosofía también se pueden encontrar en las ciencias sociales y en las diferentes formas en que la gente, incluyendo en ella a los políticos mismos, se refieren a la política. En las definiciones arriba consignadas lo que se refleja, precisamente, es esa doble tendencia en el entendimiento de la política. 

Pero aun si discrepamos acerca de si la política es el conflicto mismo o, por el contrario, lo que hacemos cuando superamos el conflicto, es evidente que ella está estrechamente ligada a cierto orden (o a cierto ideal de orden) y que ella misma se define con relación a unos recursos de dominación (porque se aspira retenerlos, a conquistarlos o a eliminarlos), recursos que, cuando están eficazmente usados bajo criterios conocidos y aceptados, hacen que las sociedades humanas sean ordenadas, generando una obediencia y acatamiento motivados, ya por una convicción moral, por simple conformismo y rutina o por una actitud meramente prudencial. Los límites extremos de la política, pues, parecen ser el conflicto y el orden, la rebelión y el acatamiento, el orden moralmente fundado o el orden como represión, la acumulación de los recursos de dominación bajo una autoridad moral o la acumulación esos recursos bajo una causa moral que aspira a ser autoridad, la gobernabilidad o la dispersión de la gobernabilidad. 

Al menos dos tipos de motivación juegan un papel importante en esta relación con estos extremos: por una parte los intereses materiales y por la otra las ideas sobre cómo debería organizarse una sociedad humana para que sea llamada buena y una autoridad para que sea llamada legítima. Los intereses materiales, en primer lugar, porque la valoración de las cosas (recursos de supervivencia, medios de producción de recursos, dinero, canales de acceso a oportunidades, etc., según se tengan o se carezca de ellos), son determinantes de la actividad política. Por supuesto, no son las cosas en sí mismas, sino la valoración que hacemos de ellas y el reconocimiento social que obtenemos al poseerlas, lo que hace que se conviertan en una de las motivaciones de la política. Este reconocimiento depende, a su vez, del valor social de las cosas, el uso que les da cada sociedad, etc.; lo que, finalmente, remite el asunto del mundo de las cosas al de las valoraciones pues, en última instancia, es el valor social de las cosas (las cosas como recursos y las cosas como medios para el reconocimiento social de las personas) lo que dinamiza parte de los conflictos políticos, o los conflictos cuya solución es la política, según entendamos el término política. 

Pero hay, además, valoraciones de otro tipo, las que tienen que ver con el orden social ideal. Los seres humanos no siguen siempre el mismo patrón de organización, a diferencia de los animales gregarios, que siempre se organizan de la misma forma (según lo que hasta ahora sabemos). Una mirada rápida a la historia y a la geopolítica nos muestra que las sociedades se organizan de diferentes formas, lo que parece mostrar cierto carácter contingente del orden sociopolítico que se le da a la convivencia humana, queriendo decir con esto que ella no tenía que ser necesariamente así, que es una hechura humana que puede ser humanamente cambiable. Contingente, también, al poder organizar su orden social de otra manera, el ser humano expresa su libertad, elude políticamente el dominio de lo absolutamente necesario, como lo señaló Hannah Arendt. 

Una consecuencia de esta contingencia del orden político es que hay siempre discrepancia acerca de cómo debemos organizarnos para convivir. Por supuesto, buena parte de esa discrepancia depende de cómo están los seres humanos (los que intervienen en esa discrepancia) ubicados dentro de un orden social. Pero muy pocos están dispuestos a admitir que ponderan o critican un orden social porque dentro de él ellos están siendo beneficiados o perjudicados. Muy al contrario, las ponderaciones y quejas se remiten a valores que se dicen superiores, en los cuales se dice creer honestamente y los cuales prescriben moralmente el modo como debiéramos organizarnos social y políticamente. Y, en efecto, la mejor forma de argumentar a favor de un orden social determinado es la argumentación con base en valores que los otros puedan, con base en el libre examen y guiados por criterios que ellos puedan considerar moralmente buenos, aceptar. La actividad política, sin embargo, suele acentuar de tal manera los valores que la dinamizan que ellos a menudo son todo menos aspectos de una argumentación: son teas incendiarias que iluminan la represión y el sacrificio, la defensa de cierto orden o la acción revolucionaria, el crimen y el heroísmo. Son, como equivocadamente se dice que dijo Maquiavelo, fines que justifican cualquier medio. 

Así como no hay consenso, sino desacuerdo, acerca de la bondad de un determinado orden social o de la legitimidad de una autoridad, tampoco lo hay acerca de la forma como ha de distribuirse y valorarse en una sociedad las cosas materiales. La primera clase de desacuerdo es ideológica o valorativa y la segunda material o de intereses, pero muy a menudo ambos tipos de desacuerdos están estrechamente ligados entre sí, determinando los conflictos con los que se relaciona la política. Las sociedades humanas ven emerger dentro de ellas la política como fenómeno porque se organizan de cierta manera y porque ninguna manera gana la adhesión unánime de todos los que tienen que vivir en ella, entre otras cosas porque, de acuerdo con la forma como se organicen, ciertos intereses y ciertas ideas son las que rigen la dinámica que hará la gobernabilidad posible, quedando siempre otras en una situación latente de amenaza a esa organización. Quizás eso esté contenido en la siguiente cita: 
Quienquiera que haga política anhela llegar al poder; al poder como medio para el logro de otras miras, ya sea por puro ideal o por egoísmo, o al 'poder por el poder mismo', para disfrutar una sensación de valimiento, la cual le es concedida por el poder. El Estado, al igual que toda entidad política, es el enlace de dominio de individuos sobre individuos, sostenido mediante la legítima violencia, es decir considerada como tal. Para que se sostenga es necesario, pues, que los súbditos acaten la autoridad que pretenden tener quienes a la sazón la ejercen. Max Weber, La política como vocación. 
Diferentes discursos sobre la política La filosofía política, dijimos, se ocupa de la política. Pero no sólo la filosofía se ocupa de la política. De ella se ocupan, para comenzar, los políticos y, en general, la gente. Debemos distinguir, entonces, entre quienes viven la política porque la hacen o la padecen y quienes se ocupan discursivamente de ella, incluyendo en esta última categoría a los filósofos, porque es evidente que la filosofía se ocupa discursivamente de la política. 

Elaboraciones discursivas sobre la política, aparte de las filosóficas, son hechas, en primer lugar, por algunos que toman parte en la actividad política, por ejemplo el ideólogo político y el asesor político, quienes, más que hombres de acción, son personas que ponen cierto saber al servicio (remunerado o no) de una causa política determinada. Pero hay otros, que nos interesan más aquí y que, no habiéndose comprometido con una causa política, hacen elaboraciones discursivas sobre el fenómeno de lo político, como el historiador político, el sociólogo político y cierto tipo de profesional que ha venido a llamarse politólogo. 

El trabajo de historiar lo político parece fácil de entender. Más difícil parece diferenciar el sociólogo político del politólogo. Aunque hay diversas teorías sociológicas acerca del fenómeno político, todas tienen algo en común: la sociología, al dar cuenta del fenómeno político, lo toma como un fenómeno social. Para los sociólogos, en otras palabras, hay siempre un componente social en todo fenómeno político y la sociología reclama una competencia epistémica para estudiar esa dimensión. Por ejemplo, para la sociología marxista, el ocuparse sociológico con lo político estaría legitimado por el hecho de que no existen hechos políticos en sí mismos, como si ellos se pudieran explicar a partir de un fenómeno totalmente extrasocial, como a veces parece que quisiera hacerlo la moderna politología. 

Veamos: si definiéramos la politología como un saber acerca de los gobiernos, de las estructuras políticas, entonces ella tendría un campo de estudio propio, a mitad de camino entre la sociología, la administración pública y el derecho constitucional, con lo cual no habría dificultad en la separación de saberes. Pero si existe la pretensión de que la politología no sólo es un conocimiento de la institucionalidad ni un discurso que trata de explicar el hecho político ya ocurrido, sino que puede ser de utilidad para la política misma en el sentido de que puede ayudar a inducir o a predecir fenómenos políticos, con independencia de los fenómenos puramente sociales, como si los procesos políticos obedecieran a cierta lógica independiente, entonces habría un conflicto con una sociología política como la marxista. Ella no enfatizaría la explicación social de los fenómenos políticos como aspecto imprescindible en la comprensión de los mismos, como hizo Marx en El 18 Brumario de Luis Bonaparte. Esto señala una diferencia notoria entre la sociología política, o al menos cierta sociología política, y la ciencia política o politología. 

Como sea, las ciencias sociales mencionadas (la historia, la sociología y la politología) se diferencian del ideólogo político, que ya tomó partido con una causa y del asesor político, a quien se le paga para que ponga sus conocimientos al servicio de una causa (cosa en que a menudo se ocupan los politólogos) en cuanto que, como ciencias sociales, se relacionan con la política como fenómeno que pretenden conocer y explicar, se relacionan descriptivamente con la política, sin acceder a esa relación normativa o prescriptiva, que es más propia de la filosofía política. Y esta es la primera pista que se nos ofrece acerca del modo distinto en que los filósofos hablan de la política.