ACERCA DEL CONCEPTO “CRIMEN CONTRA LA HUMANIDAD” Y SU APLICACIÓN A CATALUÑA
La noción de “crimen contra la humanidad”, siguiendo el estudio de Alicia Gil Gil, tiene su origen en el estatuto del Tribunal Militar Internacional (ETMI) de Núremberg. Su concepto inicial estaba directamente vinculado con los crímenes de guerra. Sin embargo, posteriormente el Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia (TPIY) sostuvo que esa conexión era un requisito para su competencia, pero no un elemento del concepto actual de crímenes contra la humanidad. Finalmente, el Estatuto de la Corte Penal Internacional (ECPI) recogió, en su artículo séptimo, una definición que excluye esa ligazón también para el ejercicio de su competencia. El Código penal español asimismo regula, con modificaciones recientes, los crímenes de lesa humanidad, con algunas especificidades respecto de la regulación internacional.
La comisión de un crimen contra la humanidad —Cherif Bassiouni, Crimes Against Humanity— requiere la existencia de un ataque sistemático o generalizado contra la población civil o una parte de ella derivado de una decisión política
La comisión de un crimen contra la humanidad —Cherif Bassiouni, Crimes Against Humanity— requiere la existencia de un ataque sistemático o generalizado contra la población civil o una parte de ella derivado de una decisión política adoptada generalmente por una organización estatal, que también podría ser subestatal, en el que participe su personal y recursos y del que pueda incluso resultar el levantamiento de una parte de la población contra otra, por el consentimiento o fallo de esa organización en prevenirlo y controlarlo. Se considera que el ataque es sistemático cuando proviene de un plan preconcebido para conseguir los objetivos políticos propuestos, que no tienen necesariamente por qué ser criminales por sí mismos.
Existen diversas modalidades de comisión de estos crímenes, según el ECPI y la doctrina de tribunales internacionales anteriores: el asesinato, el exterminio, la tortura, entre otras, pero, además, también la persecución. Sin embargo, en el código penal español esta última no está contemplada. La persecución debe cometerse mediante actos intencionales que afecten de forma severa a derechos fundamentales, limitándolos mediante otros actos, que normalmente son ya de por sí delitos. Por otra parte, tiene que ser ejecutada, conforme dice Alicia Gil, “por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos o de género, o por otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al Derecho internacional”.
La persecución, que en sí misma no es un acto, sino que sirve para una finalidad política, puede materializar la limitación de derechos fundamentales mediante la incitación a la violencia o mediante la adopción de medidas legales o administrativas que limiten los derechos de personas o de parte de la sociedad. Como un ejemplo de persecución, cita Bassiouni, la decisión de la Cámara de Instancia del TPIY que consideró que existía cuando se incitaba al odio contra una población, sin necesidad de que ese odio se concretara después en actos violentos. Posteriormente, sin embargo, tras el recurso la Cámara de Apelación, estableció que hacían falta también actos posteriores delictivos que consumaran o intentaran consumar los discursos de odio.
Los crímenes contra la humanidad acontecen normalmente en sociedades en las que impera el miedo, la apatía y la pasividad. En estas sociedades no prevalece el respeto a la ley y a las instituciones porque limitan los objetivos políticos planteados, y miles de personas son persuadidas por distintos medios de que acciones que en cualquier otro escenario estarían prohibidas son aceptables en su caso, e incluso alabables. Estas acciones son apoyadas e incluso conducidas por los responsables de hacer cumplir la ley; los individuos que las llevan a cabo son premiados, mientras que los opositores son neutralizados, y las víctimas son vistas como diferentes o de menos mérito para recibir un tratamiento humano, porque han sido previamente deshumanizadas y objetivadas como el “otro”.
Un muy buen predictor del riesgo de que se comentan crímenes contra la humanidad es la existencia de mensajes de odio que ayudan a racionalizar la deshumanización de la víctima
El uso de eufemismos lingüísticos y propaganda, que distorsionan la realidad y ocultan sus resultados lógicos, permitiendo llevar a nuevas percepciones que hacen que los individuos admitan realizar actos que antes no hubieran cometido, al distanciarlos de las consecuencias morales de sus acciones, es un instrumento esencial para lograr la deshumanización. Esos eufemismos no sólo provienen de eslóganes, sino de la racionalización de supuestas injusticias históricas, que emanan de una acumulación de enseñanzas del pasado —que no tienen por qué ser totalmente falsas— y de leyendas. Mediante ese lenguaje y su racionalización se conforma a la opinión pública. Habitualmente además la instigación a la violencia aparece en cuanto se usa el lenguaje eufemístico. Por eso, un muy buen predictor del riesgo de que se comentan crímenes contra la humanidad es la existencia de mensajes de odio que ayudan a racionalizar la deshumanización de la víctima. Los indios americanos eran salvajes; los judíos, una raza inferior; y los desaparecidos de Argentina, subversivos. Como dice la UNESCO, “la guerra comienza en la mente de los hombres”.
¿Qué se puede hacer para prevenir y evitar estos crímenes? La historia muestra que hay una tríada de acciones. La primera, reforzar el estado de derecho y las instituciones, o sea garantizar el cumplimiento de la Ley. El problema para lograrlo, en muchos de estos casos, deriva de que el estado es el propio agente de los crímenes, por lo que es difícil que proceda a reformarse por sí sólo, de ahí que la mayoría de las veces sea necesaria la intervención de un tercero —un agente externo— que garantice el cumplimiento de la ley y el funcionamiento de las instituciones de ese estado fallido. Así, se han creado los Tribunales Internacionales, las fuerzas de paz, etc. Aunque en general han actuado cuando la desgracia ya se había consumado. La segunda, garantizar la prevención a través un sistema educativo que, en lugar de instigar al odio, lo prevenga. Y, por último, proteger la información libre y plural. Si falla esta tríada, y se desatan los instintos de la tribu, hay todas las posibilidades de acabar mal.
En Cataluña, desde hace años, se están produciendo hechos que han fracturado su sociedad y llevado a parte de sus dirigentes a prisión o a estar huidos. Aproximarnos a estos hechos desde la perspectiva apuntada puede arrojar una nueva luz.
En ese territorio de España, se adoptó hace años por parte de su gobierno y parlamento autonómico (una entidad subestatal) la decisión política de lograr una secesión unilateral, aunque fuera al margen de la Constitución y legislación vigente. Esa decisión se ha ido ejecutado a partir de un plan en el que han participado autoridades y agentes de esas instituciones, incluida la policía. En septiembre del año pasado, se aprobaron sin respetar los trámites parlamentarios básicos unas normas ilegales con una exigua mayoría parlamentaria que no representaba a la mitad de la población. Esas normas incumplían las decisiones adoptadas previamente por el Tribunal Constitucional y a través de ellas se pretendía generar una legalidad alternativa que derogaba de facto la vigente. Al mismo tiempo, se indujo y dirigió desde el poder a una parte de la sociedad para que presionará en la calle, en el algún caso con violencia, y participara en un simulacro de referéndum, que había sido prohibido por la justicia al basarse en las normas ilegales, con el fin de que por la vía de la fuerza de los hechos, se logrará imponer la voluntad de la minoría secesionista frente a la mayoría social en Cataluña. Finalmente, concluyeron los dirigentes secesionistas realizando una declaración unilateral de secesión, que junto a los actos anteriores les llevaron a ser enjuiciados por graves delitos recogidos en el código penal (rebelión, desobediencia, entre otros) o a fugarse.
Si hubieran triunfado en su objetivo político, podrían haber originado graves limitaciones de los derechos fundamentales de la sociedad civil no secesionista, al hacerla extranjera en su propia tierra y negarle los derechos fundamentales ligados a la ciudadanía; con graves consecuencias también sobre otros derechos, lingüísticos, educativos, libertad de circulación, etc. Podría haberse producido al tiempo un grave conflicto, desatando una ola de violencia.
Estos hechos tuvieron lugar en un marco reconocible. Una victimización de “Cataluña” culpando de todos sus males presentes a España —España nos roba— y pasados deformando la historia. Un uso de la educación, medios de comunicación y propaganda dirigidos a replicar esos mensajes y puestos al servicio político de la construcción nacional y más tarde de la secesión. La consideración implícita que se derivaba de esos mensajes es que “los catalanes son mejores que los españoles”. El uso de eufemismos, como el “derecho a decidir”, para justificar decisiones ilegales. La asunción de una parte por el todo, confundiendo Cataluña con sus apoyos. Una cierta anomía social, estigmatización, amenazas e insultos al disidente para dificultar la oposición de la parte de la sociedad catalana contraria a la secesión.
Y todo ello con un gobierno del Estado que no reaccionó durante años ante esas medidas. Solo en el último momento el Estado intervino como un tercero frente a la Comunidad subestatal (la Generalitat) para garantizar el cumplimiento de la Ley y a través de ella los derechos fundamentales de todos los catalanes. Esa intervención, mediante la acción judicial que ordenó a la policía impedir el simulacro de referéndum, la aplicación del artículo 155 de la Constitución (Gobierno y parlamento) y las decisiones posteriores de la Justicia, seguramente evitó que en Cataluña se desatara una situación de conflicto civil y grave violación de derechos humanos. Mas, si fue esto posible, muy probablemente se debió no tanto a la iniciativa del Estado, sino gracias a que se visualizó la existencia de una mayoría social en Cataluña, silenciosa y silenciada hasta entonces, que no estaba dispuesta a renunciar a sus derechos como ciudadanos españoles.
El nuevo presidente de la Generalitat había llamado “bestias taradas” a los españoles y en el marco del aniversario del octubre del año anterior incitó a los secesionistas a “apretar” para lograr imponer su voluntad
Un año después, el nuevo gobierno y parlamento catalán siguen pretendiendo su objetivo político y, como se ha comprobado en el último mes, han ido dando más pasos para lograrlo. El nuevo presidente de la Generalitat había llamado “bestias taradas” a los españoles y en el marco del aniversario del octubre del año anterior incitó a los secesionistas a “apretar” para lograr imponer su voluntad. No ha habido cambios en el uso de los medios de comunicación, propaganda y el sistema educativo, la manipulación informativa; pero se ha incrementado la ocupación del espacio público; al tiempo que se han desatado, por grupos de la sociedad civil organizados en cédulas llamadas comités de defensa de la república (CDR), amenazas y agresiones contra quienes no apoyan sus fines, en gran parte consentidas cuando no incitadas y dirigidas por autoridades y agentes de ese poder político subestatal.
Parece innegable que las lecciones aprendidas a lo largo de la historia de crímenes contra la humanidad pueden resultarnos útiles a la hora de enfocar correctamente la crisis catalana para prevenir o mitigar lesiones severas de derechos fundamentales. Y las medidas que históricamente han funcionado, repetimos, no son otras que, en primer lugar, el reforzamiento del estado de derecho y del funcionamiento de las instituciones, allí donde fallan; en segundo lugar, la ausencia de impunidad; en tercer lugar, una información que no incite al odio, use eufemismos y manipule la realidad histórica y presente; y por último, un sistema educativo que forme hombres libres, y que no esté al servicio de objetivos políticos espurios.
Es sorprendente, o no, comprobar cómo las medidas que sirven para evitar los crímenes contra la humanidad son las mismas que, en nuestra opinión, deberían implementarse en España para resolver la crisis creada por el nacionalismo catalán.
LA BUFOTRAGEDIA CATALANA
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