La anticonstitucional y tiránica LEY DE AMNISTÍA es contraria a la igualdad de los ciudadanos
El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.
El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.
Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales.
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Mostramos la firme oposición a la ley de Amnistía porque rompe el principio de igualdad de los españoles ante la Ley y convierte a los autores de graves delitos contra la Democracia en personas inmunes a los tribunales”, de manera que “ejerceremos todas las acciones legales que se encuentren al alcance en la defensa de los derechos de los ciudadanos cuestionados por los acuerdos”.
También “expresamos el rechazo y el repudio a la promesa de privilegios fiscales y económicos a Comunidades Autónomas que rompen el principio de solidaridad e igualdad”.
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El Gobierno prevé llamarla «Ley orgánica de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña»
El pasado jueves, 9 de noviembre, PSOE y Junts se daban la mano y firmaban un pacto de cara a la investidura de Pedro Sánchez. El acuerdo pactado en Bruselas pasa por aprobar una ley de amnistía «para procurar la plena normalidad política, institucional y social como requisito imprescindible para abordar los retos del futuro inmediato», así como la propuesta de Junts de la «la celebración de un referéndum de autodeterminación sobre el futuro político de Catalunya (sic)».
El acuerdo alcanzado entre el PSOE y Junts incluye una ley de amnistía en contra de la cual se han declarado varios colectivos y cientos de miles de protestantes
Esta medida de gracia, pactada por el PSOE y los independentistas, no está contemplada en la Constitución.
LEY DE AMNISTÍA DE 1977
En Derecho Constitucional, la amnistía es una forma de ejercicio del derecho de gracia que corresponde a los poderes públicos por razones de orden político de carácter extraordinario. Así ocurrió en España en octubre de 1977, cuando el Gobierno promulgó una ley de Amnistía que afectó a todos los presos con delitos y faltas cometidos con anterioridad a la promulgación de la ley. Aquella Ley de Amnistía fue aprobada en las Cortes con el voto favorable de todos los diputados, excepto los de Alianza Popular y Euskadiko Ezkerra.
Si bien la Ley de Amnistía de 1977 se aprobó como parte fundamental de la transición del franquismo a la democracia y con un espíritu de concordia, las asociaciones de memoria histórica llevan años denunciando que aquella medida ha impedido hasta ahora juzgar delitos con intencionalidad política cometidos antes de diciembre de 1977.
¿Qué es una amnistía?
La amnistía a los líderes independentistas encausados por el procés era uno de los requisitos que pidió Carles Puigdemont para apoyar la investidura de Pedro Sánchez y, finalmente, los socialistas estarían abiertos a negociar dicho requisito. Pero, ¿qué significa conceder la aministía? Este concepto, tal como se especifica en el diccionario de la Real Academia Española (RAE), tiene este significado: «Olvido legal de delitos, que extingue la responsabilidad de sus autores».
Así, el diccionario panhispánico de dudas extiende la explicación del concepto: «Derogación retroactiva de la consideración de un acto como delito, que conlleva la anulación de la correspondiente pena». Pero, en el contexto de una investidura, la palabra 'indulto' también surge como concepto de excepción en la absolución de penas o de consideración de delitos.
¿Cuál es la diferencia entre amnistía e indulto?
Siguiendo lo que indica el diccionario panhispánico de dudas, el indulto responde a una «anulación o conmutación de una pena»: «En la amnistía se anula el delito mismo y, consiguientemente, la pena, mientras que en el indulto se anula solo la pena, pero el delito permanece. Por la misma razón, no deben confundirse los verbos amnistiar ('conceder una amnistía') e indultar ('conceder un indulto')».
De este modo, tras la publicación de la ley de amnistía del Partido Socialista, aplicarla supondría la anulación total y olvido de los delitos y penas de los que se les acusa tanto a Puigdemont como al resto de participantes del 'procés' que se hayan encausado, haga el tiempo que haga y sin que interfiera el hecho de que hayan sido o no juzgados.
La principal diferencia es que el indulto es un mecanismo para perdonar la pena a personas que han sido condenadas, mientras que la amnistía es una medida de gracia que perdona el delito, haya o no una sentencia o condena.
La amnistía es el olvido legal de delitos y extingue la responsabilidad de sus autores. Esta medida colectiva se entiende como una cesión para conseguir un bien mayor, como en el paso de un régimen autoritario a otro democrático. Así ocurrió en España en octubre de 1977, cuando el Gobierno promulgó una ley de Amnistía que afectó a todos los presos con delitos y faltas cometidos con anterioridad a la promulgación de la ley. En la actualidad, no obstante, la Amnistía no está contemplada en la Constitución.
La derogación de condenas que conlleva la amnistía, no obstante, sólo es válida desde el punto de vista penal, ya que la ilicitud del hecho cometido subsiste desde el punto de vista del derecho civil con el objetivo de garantizar las indemnizaciones debidas a los particulares.
Si la amnistía es una medida colectiva, el indulto es el perdón total o parcial de una pena a título individual. El reo indultado no pierde nunca la condición de condenado, por lo que sería considerado reincidente en caso de que cometa nuevos delitos, circunstancia que no ocurre con los beneficiarios de la amnistía. Pero la mayor diferencia entre ambos conceptos es que el indulto no lleva implícito el olvido.
DEFENDAMOS LA UNIDAD
¡CONTRA LA AMNISTÍA
Y EL GOLPE DE SÁNCHEZ!
La amnistía que prepara Pedro Sánchez es un nuevo paso hacia la ruptura de la convivencia y la legalidad. Un nuevo paso que responde a intereses partidistas con el objetivo de mantenerse en el poder. Significa un perdón generalizado de los delitos cometidos por el secesionismo, lo cual atenta contra los principios fundamentales del Estado de Derecho y contra la igualdad ante la ley.
Todas las personas, sin importar su cargo o condición, deben rendir cuentas por sus acciones en un sistema democrático.
En lugar de promover la unidad y la convivencia, Pedro Sánchez sigue cediendo y premiando a quienes buscan imponer sus fines políticos mediante la desobediencia, la extorsión y el ataque a la Constitución. Todo ello sin importar que ello suponga el desgaste y la desconfianza en nuestras instituciones y genere la división y la polarización más profunda en la sociedad española Para Sánchez, la prioridad es conseguir mantenerse en el gobierno y seguir impulsando así un proyecto que ha supuesto un retroceso en la libertad, el bienestar y la convivencia de los españoles.
Cualquier gobernante debería respetar y anteponer los intereses de España a los propios, actuando en consonancia con los principios democráticos y la voluntad de la mayoría de los españoles. Una mayoría que valora ante todo la unidad, la legalidad y la convivencia.
Ley de Amnistía by Jorge Sanz Casillas
A LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD
En ningún caso la obediencia debida podrá amparar órdenes que entrañen la ejecución de actos que manifiestamente constituyan delito o sean contrarios a la Constitución o a las Leyes. (Art. 5.1.d de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad).
Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley cumplirán en todo momento los deberes que les impone la ley, sirviendo a su comunidad y protegiendo a todas las personas contra actos ilegales, en consonancia con el alto grado de responsabilidad exigido por su profesión.
Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley no cometerán ningún acto de corrupción. También se opondrán rigurosamente a todos los actos de esa índole y los combatirán. (Arts. 1 y 7 del Código de Conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Asamblea General de la ONU de 17 de diciembre de 1979). Policías y Guardias Civiles, el pueblo os necesita. Si estáis con el pueblo, el pueblo estará con vosotros.
VER+:
La declaración hecha en el Parlamento autonómico catalán, según la cual termina la época de la autonomía y comienza la de la independencia, es un golpe de Estado en toda regla contra la mayoría del pueblo catalán y contra la nación española entera, que no ha sido corregido y ni siquiera encauzado por el Gobierno de España. Se esperaba que el presidente del Gobierno respondieraen el acto a la provocación separatista, dando una respuesta adecuada a la secesión. Puesto que desde hace años se esperaba, y como eso no puede improvisarse en cuestión de un día, tenía que estar perfectamente estudiada y preparada la respuesta constitucional a dicha provocación.
Nada mas lejos. El hecho es que el presidente Rajoy ha guardado silencio. Presionado por Pedro Sánchez, que al parecer le amenazó con hacer él solo una declaración de Estado si no daba la cara, ha comparecido ante los medios y ¿qué ha dicho?, absolutamente nada. Que está tranquilo aunque le caigan encima chuzos de punta, como ha estado toda su legislatura sin hacer nada frente al progresivo aumento del separatismo teniendo instrumentos legales para paralizar e impedir que continuara adelante el proceso de Cataluña hacia su independencia. Y el pretexto que da para no decir nada es que su estrategia no la va a revelar. ¡Pero qué se cree este imbécil!, ¿que estamos en una batalla militar donde son secretos los planes? Si España es un Estado de derecho, el Gobierno no puede ocultar los medios legales a los que puede acudir en defensa de la Constitución y de España.
El de sedición que esta ya consumado, porque el delito de sedición en el Código Penal español no es un delito de resultado sino un delito de intención, es decir, basta la intención declarada o manifestada, para que sea constitutiva del delito. No hace falta que la sedición llegue a ser efectiva, basta la declaración para saber que eso es delito y que los autores los autores como promotores de la sedición, y como tales tienen que ser inmediatamente querellados por la Fiscalía y por la Abogacía del Estado. Y de otro lado, el jefe de Gobierno ha incurrido en un delito de omisión del deber de perseguir el delito.
Sí pues, no solo la Generalitat y el Parlamento catalán están plenamente incursos en un delito clarísimo de sedición, sino que también Rajoy esta claramente comprometido en la comisión de un delito por omisión, ya que no ha hecho nada para perseguir judicialmente a los sediciosos como era su deber.
Rajoy ha permitido el incumplimiento sistemático de la ley y de la Constitución, y la discriminación y persecución de los españoles no separatistas por un puñado de sediciosos. La pasividad y la cobardía de Rajoy y del PP resultan pasmosas, tanto que han llevado a que cualquier grupo de iluminados como la CUP, Mas y sus secuaces de Junts Pel Sí estén convencidos de que pueden cometer cualquier desmán porque nadie se lo va a impedir, mientras los ciudadanos honrados están indefensos. Pero su disparate final ha sido disolver el Parlamento y el Senado sin haber arreglado nada. Ha dejado a España indefensa. Lo que explica que inmediatamente después de publicarse la disolución de las cámaras, lo sediciosos hayan dado el golpe de Estado.
Los delitos por los que Rajoy podría ser procesado
Sedición de los independentistas catalanes
La sedición continuada que están perpetrando los independentistas en Cataluña está poniendo en grave riesgo la integridad de España y la de sus ciudadanos. El gobierno, y su presidente, tienen obligación de usar las herramientas que la Ley les proporciona para evitarlo.
Rajoy, si no actúa conforme a la Ley, podría estar cometiendo “Delitos Del abandono de destino y de la omisión del deber de perseguir delitos” y ser procesado por ello.
La Ley establece que toda autoridad que abandonare su destino con el propósito de no impedir o no perseguir cualquiera de los delitos comprendidos en los Títulos XXI, XXII, XXIII y XXIV del Código Penal se le castigará con la pena de prisión de uno a cuatro años e inhabilitación absoluta para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años.
Por otro lado, si Rajoy faltara a la obligación de su cargo o dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables, podría incurrir en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.
Podría ser acusado de cometer un “Delito de Denegación de auxilio” si se viera truncada la libertad de las personas por inacción del presidente
Finalmente, podría ser acusado de cometer un “Delito de Denegación de auxilio” si se viera truncada la libertad de las personas (en este caso, la de lo de los ciudadanos catalanes no separatistas) por inacción del presidente, pudiendo ser castigado con la pena de multa de doce a dieciocho meses y suspensión de empleo o cargo público de uno a tres años.
Endeudamiento indiscriminado del país
El pasado lunes, un grupo de autores desvelamos cómo el gobierno está endeudando indiscriminadamente a España, utilizando normativas de rango menor y en contra de lo que determinan la Constitución Española y la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, sin someter las emisiones de deuda a la aprobación del Congreso de los Diputados.
El daño que puede provocar esta actitud de Rajoy y su gobierno podría desembocar en la ruina y el sometimiento de España a la voluntad de potencias extranjeras por varias generaciones debido a la inmensa deuda, o incluso desatar hostilidades, militares o económicas, por parte de los países acreedores.
Si la justicia entendiera que Rajoy obró en contra a la Ley en la emisión de deuda pública, podría ser procesado por delitos “De la prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos injustos” si se probara que realizó actos, a sabiendas de su injusticia, o por haber dictado resoluciones arbitrarias en asuntos administrativos, pudiendo ser castigado con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años.
Además, Rajoy y su gobierno podrían estar cometiendo delito “De la malversación”, ya que la autoridad que, teniendo facultades para administrar un patrimonio público, emanadas de la ley, las infrinjan excediéndose en el ejercicio de las mismas y, de esa manera, causen un perjuicio al patrimonio administrado, puede ser castigada con una pena de prisión de dos a seis años, inhabilitación especial para cargo o empleo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de seis a diez años.
Paralelamente, otro posible delito imputable podría ser el “De la usurpación de atribuciones”, ya que la autoridad que, careciendo de atribuciones para ello, dictare una disposición general o suspendiere su ejecución, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años, multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a doce años.
Finalmente, en el peor de los casos, si el endeudamiento tuviera la terrible consecuencia de que la independencia de España se viera seriamente comprometida, se perdiera, o si se pusiera en riesgo el estado de paz, Rajoy podría ser acusado de cometer delitos “Que comprometen la paz o la independencia del Estado”.
La Ley dice que todo aquél que, con actos ilegales o que no estén debidamente autorizados, provocare o diere motivo a una declaración de guerra contra España por parte de otra potencia, o expusiere a los españoles a experimentar vejaciones o represalias en sus personas o en sus bienes, será castigado con la pena de prisión de ocho a quince años si es autoridad. Si la guerra no llegara a declararse ni a tener efecto las vejaciones o represalias, se impondrá, respectivamente, la pena inmediata inferior.
Es bastante probable que muchos lectores, tras esta exposición, puedan quedar alarmados o estupefactos. Yo, me limito a transcribir lo que dice la Ley.
Los países que se consideran una Democracia, deben aplicar la Ley a todos sus ciudadanos por igual, incluido el presidente.
Islandia, donde se procesó y castigó al primer ministro por las consecuencias de la crisis económica, Alemania o Francia, dónde los ministros dimiten por faltas leves, o Finlandia, cuyo primer ministro dimitió por usar la tarjeta de crédito oficial para un gasto particular de veinte euros, pueden presumir de ello.
A España, según los datos del CIS, le queda aún mucho camino que recorrer.
La constitución española de 1978 es un papel mojado que al que le faltan las características fundamentales para ser llamada constitución. no nace de una Asamblea Conastituyente, no respeta la división de poderes y de ella no emana una representación popular, sino una partitocracia.
Las palabras de ALEJO VIDAL-QUADRAS
días antes de su ATENTADO
Marcos Peña, doctor en Derecho:
"El PP puede frenar la amnistía en el senado"
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"Nos co-municanos, luego, co-existimos".
Juan Carlos (Yanka)